DGA instruye registro de los “Centros de Control”

Co fecha ENERo 2025 la Dirección General de Aguas /DGA) instruye el registro de las empresas o instituciones que cumplan la función de Centro de Control, para el envío de datos de los sistema de monitoreo de extracciones efectivas (MEE) al servidor de la DGA. Los Centrol de Control aparecen identificados en la normativa actual, especifícamente en la Resolución Exenta N° 1238.

La Resolución Exenta DGA N° 1238, fue publicada en el Diario Oficial el 1 de julio del mismo año. Esta resolución establece las condiciones técnicas y los plazos a nivel nacional para que los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas instalen y mantengan sistemas de monitoreo y transmisión de extracciones efectivas en sus obras de captación.

Esta y las resoluciones regionales pueden descargarse desde el sitio web de la Dirección General de Aguas (DGA)

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